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Entre leasing y renting: ¿cuál escojo?

26 marzo 2021

Seguro que en más de una ocasión en la que hayas querido alquilar un coche te habrás preguntado cuál es la opción que más te convenía.

En este artículo del blog de Auto Cristal Ralarsa, te ayudaremos a saber escoger entre un tipo de alquiler leasing o renting según tus necesidades…Si no sabes aún de lo que te estamos hablando… ¡Sigue leyendo!

¿Qué diferencia hay entre un leasing y un renting?

En el leasing, la presentación documental es a través de un sistema de financiación, lo que viene a ser un alquiler con opción de compra al finalizar la duración del contrato, que suele ser de un mínimo de 2 años.

Los gastos de mantenimiento y conservación van a cargo del arrendatario. Sin embargo, no es posible devolver el vehículo antes de que finalice el convenio; aunque si al terminar dicho plazo el titular quiere adquirir el vehículo, deberá prorrogar el contrato con nuevas cuotas mensuales o cambiar el automóvil mediante un nuevo contrato.

Este tipo de alquiler sólo se puede ofrecer a autónomos y empresas que no tienen que pagar una cuota inicial. Además, las cuotas pueden ser desgravadas del Impuesto de Sociedades o del IRPF.

En el renting pasa totalmente lo contrario. La presentación del documento aparece como prestación de servicios. La intención de la empresa es financiar bienes de rápida obsolescencia y complejidad de mantenimiento. La duración suele ser entre 1-5 años, y el titular puede disfrutar que todos los gastos de mantenimiento y conservación vayan a cargo del arrendador (impuesto de matriculación, circulación, el seguro a todo riesgo, el servicio de mantenimiento integral, las reparaciones…) y no existe la opción de compra. Igualmente, si el contrato lo permite, sería posible (aunque inusual) devolver el bien antes del fin del contrato.

Tanto empresas como particulares pueden ser titulares de un contrato de “renting”. La diferencia con el leasing también es que las cuotas suelen ser más altas pero incluyen muchos beneficios. Al igual que el leasing, una de sus principales ventajas son los beneficios fiscales para empresas y autónomos, ya que las cuotas mensuales se contabilizan como gastos. Los particulares, sin embargo, no obtienen estas ventajas fiscales.

Tanto el leasing como el renting sólo se ofrecen para vehículos nuevos.

Otros métodos de alquiler durante menos tiempo

En todo caso, para todas aquellas personas que no quieran alquilar un vehículo durante mucho tiempo, sino solamente durante unos días u horas, te traemos la solución perfecta.

El concepto de carsharing va un poco más allá de lo que estamos acostumbrados a ver, aportando una mayor flexibilidad y comodidad de disponer un coche de alquiler en tu día a día. Uno de los beneficios que te aporta este método de alquiler es que los usuarios no se verán obligados a devolverlo en un establecimiento en concreto, sino que podrán dejarlo en cualquier punto de la ciudad o localidad donde se preste el servicio.

Una vez que el usuario no quiera disponer más tiempo del vehículo y notifique su tiempo de uso, este quedará libre para ser recogido por otro nuevo usuario. A esta modalidad de carsharing se le conoce como free-floating y la única restricción que tiene es que te impide sacar el vehículo de la localidad dónde lo hayas obtenido.

Si te interesa conocer más sobre estas nuevas modalidades compartidas, te invitamos a leer nuestro artículo sobre “Carsharin. La movilidad compartida que llegó para quedarse”.

No te olvides de seguir nuestro blog de Auto Cristal Ralarsa, para enterarte de las nuevas novedades que acontecen. ¡Te esperamos!

 

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